SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2024-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2024-S2

Fecha: 27-Mar-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Por Auto Interlocutorio 076/2022 de 20 de febrero, el Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, determinó rechazar y declarar infundado el incidente de ilegalidad de aprehensión formulado por Nelson Rudi Mamani Flores -accionante- (fs. 27 a 29 vta.).

II.2.  A través del Auto Interlocutorio 077/2022 de 20 de febrero, el referido Juez de Instrucción Penal, dispuso la detención preventiva de Pablo Mantilla Aliaga, Nelson Rudi Mamani Flores y Jorge Quispe Lipa -impetrantes de tutela- por el lapso de tres meses; decisión que no es definitiva, no causa estado y puede ser modificada en cualquier momento (fs. 20 a 25 vta.).

II.3.  Por Auto de Vista 87/“2021” -siendo lo correcto 2022- de 4 de marzo, Cesar Wenceslao Portocarrero Cuevas, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -demandado-, declaró admisible el recurso planteado por los peticionantes de tutela y la víctima e improcedente los fundamentos de ambos sujetos procesales y en el fondo confirmó el Auto Interlocutorio 077/2022 (fs. 97 a 100 vta.).

II.4.  Mediante Auto de Vista 55/2022 de 10 de marzo, Cesar Wenceslao Portocarrero Cuevas y Silvia Maritza Portugal Espinoza, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -hoy demandados-, declararon admisible el recurso planteado por el Nelson Rudi Mamani Flores, e improcedente los fundamentos expuestos, confirmando el Auto Interlocutorio 076/2022 (fs. 94 a 96 vta.).