SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2024-S2
Fecha: 27-Mar-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Auto de 6 de noviembre de 2023, Remedios Yujra Gabincha, Jueza de Sentencia Penal Quinta de El Alto del departamento de La Paz -hoy demandada-, determinó en razón a la conducta desproporcionada y desplegada por Marcia Adela Alarcón Yujra, llamarle la atención severamente y imponerle la multa del 20% del salario mínimo nacional, debiendo ser empozada a cuentas del Consejo de la Magistratura; asimismo, se llamó severamente la atención a Juana Lourdes Villarroel Bustios -ahora accionante-, por no asesorar bien a su patrocinada, ordenando se “…oficiese al Consejo de la Magistratura a la UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEMAS a efectos de REPRESENTAR CUALQUIER DENUNCIA QUE MARCIA ADELA ALARCON YUJRAHAGA llegar a esa UNIDAD Y SE LE EXIJA ADJUNTE CUALQUIER TIP DE ELEMENTO OBJETIVO QUE HAGA PRESUMIR QUE la suscrita Juez seria una supuesta CORRUPTA…” (sic [fs. 21 y vta.]).
II2. Consta Auto de 9 de igual mes y año, suscrito por la autoridad judicial demandada, disponiendo no ha lugar al recurso de reposición al ser un memorial dilatorio, malicioso y temerario, y al ser una conducta reiterada de la abogada patrocinante, llamó severamente la atención a la impetrante de tutela, imponiéndole la multa pecuniaria de 20% del salario mínimo nacional debiendo ser depositada en cuentas del Consejo de la Magistratura, estableciendo expresamente: “…Consecuentemente que no se considera su intervención alguna de la misma, en caso de que dichas multas no sean empozados por la citada abogada, por lo que a efectos de prever y garantizar a la parte victima convóquese un abogado defensor de oficio de las listas remitidas por presidencia del TDJ – LP” (sic); conminándose a Marcia Delia Alarcón Yujra el cumplimiento del Auto de 6 del referido mes y año, en el plazo de veinticuatro horas (fs. 5 a 6).