SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2024-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2024-S3

Fecha: 10-Abr-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa memorial presentado el 14 de octubre de 2019, ante los Vocales de la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; por la cual, el SSU del indicado departamento -ahora accionante- presentó excepciones previas de impersonería del apoderado, oscuridad de la demanda y demanda presentada antes de ocurrido el vencimiento del termino o cumplimiento de la condición, que fue respondida por la Compañía Boliviana de Ingeniería S.R.L. -hoy tercera interesada-, (fs. 173 a 176 y 179 a 181); asimismo, mediante Auto de 25 de octubre de 2019, se declaró improbadas las excepciones previas de oscuridad, contradicción e imprecisión en la demanda, de impersonería y de demanda presentada antes de ocurrido el vencimiento del término o cumplimiento de la condición opuesta por la parte accionante (fs. 182 a 185).

II.2.    Consta memorial presentado el 8 de enero de 2021, ante los Vocales de la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; por la cual, la parte accionante presento recurso de apelación contra el Auto de 25 de octubre de 2019, en cuyo petitorio, solicitó que: “…se conceda la apelación en efecto diferido o, uniformando términos con la Ley Nº 620, casación en efecto diferido, para el superior en grado juntamente con la Sentencia conozca los agravios DEJE SIN EFECTO EL AUTO DE 25 DE OCTUBRE DE 2019 y declare probada las excepciones…” (sic), que fue respondida por la empresa ahora tercera interesada (fs. 187 a 191 y 194 a 198 vta.); asimismo, por Auto de 25 de enero de 2021, los Vocales de la referida Sala Social rechazaron el recurso de “apelación” presentado por la parte accionante, contra el Auto que resuelve las excepciones previas -Auto de 25 de octubre de 2019- de (fs. 200 y vta.).

II.3.    Cursa AS 98/2021 de 16 de noviembre, emitido por Olvis Egüez Oliva y Carlos Alberto Egüez Añez, Magistrados de la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia -ahora accionados-; por la cual, se declaró ilegal el recurso de compulsa presentado por la parte accionante, contra el Auto de 25 de enero de 2021 (fs. 214 a 215).