SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2024-S3
Fecha: 10-Abr-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Acta de la Asamblea Extraordinaria de 1 de octubre de 2021, llevada a cabo en la “población” de Sapecho del municipio de Palos Blancos del departamento de La Paz, ante la solicitud de dotación de agua realizada por la Urbanización Nueva Florida, se aceptó la misma, encomendándose a la Directiva de la ACAPAS -hoy parte accionante- llevar adelante el proyecto junto a la Directiva de dicha Urbanización (fs. 31 a 34).
II.2. Consta Informe Técnico con CITE: GAMPB/UMA/JUAF/INF-T/01/2021 de 27 de octubre, ante Berman Arancibia Huacanchi, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Palos Blancos del departamento de La Paz, por el que el responsable de la Unidad de Medio Ambiente de la Secretaría Municipal de Desarrollo Productivo del referido Gobierno Municipal, recomendó que se considere la autorización de uso de vía ʽ“Sapecho - Brecha A”ʹ para el tendido de la red de aducción de agua, paralelo a la carretera Sapecho - Palos Blancos considerando el art. 22 de la Ley de Servicios de agua Potable y Alcantarillado Sanitario de 29 de octubre de 1999 (fs. 21 a 23).
II.3. Cursa Informe para Compromiso de Cumplimiento de 17 de diciembre de 2021, por el cual el Supervisor de Obras Públicas del Gobierno Autónomo Municipal de Palos Blancos del departamento de La Paz vía Secretaría Municipal Técnica y Obras Públicas, consideró los antecedentes, verificación de campo y revisión de planos de la red del sistema de agua potable de la Urbanización Nueva Florida, Brecha “A” del Distrito Sapecho para su ampliación y ejecución (fs. 26 a 27), informando tal hecho al Alcalde del referido Gobierno Autónomo Municipal (fs. 29 a 30).
II.4. Por Nota de 4 de septiembre de 2022, Jesús Cuno Limachi, informó al Comité de Aguas de la comunidad Agroecológica 24 de Septiembre, el inicio del trabajo de excavación manual para no dañar las instalaciones de los beneficiarios de “su comunidad” y pidió la presencia de un plomero (fs. 43).
II.5. Mediante Nota presentada el 6 de septiembre de 2022, dirigida al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Palos Blancos del departamento de La Paz, Presidente y Secretaria de Hacienda de la ACAPAS, la Presidenta de la Junta Central y el Sub Alcalde del Distrito Sapecho, solicitaron Apoyo Técnico para inicio de ese trabajo -excavaciones- ante el Voto Resolutivo de la comunidad Agroecológica 24 de Septiembre, advirtiendo tomar acciones para evitar su realización (fs. 37); por lo cual, la Unidad de Catastro Municipal de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Planificación Urbana del Gobierno Autónomo Municipal de Palos Blancos, emitió el Informe Técnico con CITE: GAMPB/SMTOP/DOTP/SJGK/INF.TEC/008/2022 de 30 de septiembre, indicando que realizada la mensura de la franja de seguridad de la carretera principal se verificó que no afectaba a las viviendas y la existencia de tendido de energía eléctrica (fs. 38 a 41).
II.6. Mediante Voto Resolutivo de 9 de enero de 2022, la comunidad Agroecológica 24 de Septiembre, determinó impedir el paso de la cañería de la red Sapecho a la Urbanización Nueva Florida por atentar contra las conexiones, red principal y sus domicilios, ni permitir el uso de maquinaria ante los daños a la cañería, capa asfáltica, cunetas, entradas vehiculares a lotes, cortes de tráfico vehicular que perjudican trasladar sus productos por las zanjas, más aun cuando el proyecto de suministro de agua de la Embajada del Japón iniciaría el trabajo el “15 de noviembre” (fs. 48 a 49).
II.7. Por Voto Resolutivo de 30 de septiembre de 2022, la comunidad Agroecológica 24 de Septiembre, resolvió impedir el paso de la cañería de conexión de agua de la berma de seguridad de la carretera ante posibles fugas, filtraciones y problemas a generarse en el futuro con el alcantarillado a instalarse en sus predios; por lo que, si bien se encuentran a favor del acceso al agua para la Urbanización Nueva Florida, pidieron disponer de los cinco metros de ancho de la parte superior de los lotes agrícolas que pueden ser utilizados para la conexión y enterramiento de la cañería que unirá Sapecho con la Urbanización indicada (fs. 50 a 51).
II.8. Mediante Voto Resolutivo de 25 de enero de 2023, las ocho comunidades del Distrito Sapecho del municipio de Palos Blancos, provincia Sud Yungas del departamento de La Paz, resolvieron impedir a la ACAPAS realizar una instalación clandestina en la red de aducción principal de agua de Tupiza y Villa Carmen que atente contra dichas poblaciones; prohibir el ingreso de personas ajenas a esa red de aducción para evitar daños a sancionarse conforme el Estatuto y Reglamento; determinando mantener la administración con un Comité de Agua y no permitir la injerencia de personas de la comunidad de Sapecho y pidiendo cubrir la deuda de casi tres años que asciende a Bs43 060 (cuarenta y tres mil sesenta bolivianos ) o por el contrario aplicar su normativa (fs. 52 a 53).
II.9. Consta Solicitudes de Mediación presentados el 4 y 7 de marzo de 2023, ante el Sub Alcalde y al Secretario General de la Central Agraria, ambos del Distrito Sapecho del Municipio de Palos Blancos del departamento de La Paz, efectuado por Jesús Cuno Limachi, Presidente de la ACAPAS (fs. 42 y 46).
II.10. A través de Voto Resolutivo de 26 de mayo de 2023, las ocho comunidades del Distrito Sapecho del municipio de Palos Blancos, provincia Sud Yungas del departamento de La Paz, por unanimidad resolvieron rechazar la nueva ampliación de distribución de agua a la Urbanización Nueva Florida y la conexión a su red debido a la escases de agua potable; otorgar el plazo de un mes a la ACAPAS para que pague la deuda de Bs50 560.- (cincuenta mil quinientos sesenta bolivianos) o “…máximo hasta antes de la Reunión General de las Ocho Comunidades de Sistema de Agua Potable” (sic), estableciendo responsabilidad por los daños y perjuicios ante el incumplimiento de dicho Voto Resolutivo o la instalación de la red para la Urbanización Nueva Florida (fs. 55 a 56).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En efecto, si bien la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional fue entendida como la coincidencia que se da entre las autoridades o personas individuales o colectivas que presuntamente causaron la violación a los derechos y aquella c