SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2024-S3
Fecha: 29-Abr-2024
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos al debido proceso, a ser oídos, a la defensa, a la vida, a la dignidad y a la libertad; toda vez que, en cumplimiento unos de sentencia condenatoria y otros con detención preventiva, en el Centro de Readaptación Productivo Santo Domingo de Cantumarca, de Potosí, se encontraban bajo el régimen abierto, en el cual, podían trabajar, a fin de generar el sustento económico de sus familias; sin embargo, el 29 de abril de 2022, luego de llevarse a cabo la asamblea extraordinaria para tratar el tema de la portación de arma de fuego por el delegado del penal de Cantumarca “Trujillo”; desconociendo los motivos, fueron trasladados al régimen cerrado, sin haber sido notificados con resolución alguna o inicio de proceso sumario, aspectos que aducen, lesionan sus derechos invocados.
En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
III.1. La acción de libertad correctiva. Jurisprudencia reiterada
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Sobre el particular, la SCP 0594/2023-S2 de 3 de julio, citando a la SC 1579/2004-R de 1 de octubre, sostuvo que: ‘“…protege al detenido de aquellas condiciones que agravan en forma ilegítima la detención, violando su condición humana. A través de es