SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2024-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2024-S2

Fecha: 23-Abr-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa copia del Título en Provisión Nacional de Sociólogo correspondiente a Miguel Filimón Arratia Jiménez -hoy accionante-, expedido el 16 de noviembre de 1999 por la UMSS (fs. 233 y vta.).

II.2.  Consta copia de Diploma Académico de “MAGISTER EN DESARROLLO LOCAL Y MUNICIPIOS MENCIÓN EN PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA” (sic), correspondiente al impetrante de tutela, otorgado el 2 de diciembre de 2004 por la citada Universidad (fs. 237).

II.3.  A través de la Resolución RCU 097/23 de 5 de octubre de 2023, el Honorable Consejo Universitario determinó: “…Habilitar excepcionalmente a Docentes en ejercicio de la docencia con un mínimo de antigüedad de cinco años, conforme establece el inciso c) del Artículo 79 del Estatuto Orgánico de la UMSS, para elecciones de Director de Carrera sólo en las Carreras de la UMSS en las que no existiesen suficientes docentes con título profesional de la misma Carrera” (sic [fs. 8]).

II.4.  Mediante Convocatoria TEU 6/2023 de 13 de octubre, el Tribunal Electoral Universitario de la mencionada casa superior de estudios, procedió a convocar a elecciones de Directores de Carrera, en la que figura la Carrera de Ciencias Políticas (fs. 1 a 6).

II.5.  Por Certificado RyE-E - 75/2023 de 25 de octubre, la Jefa de División de Recursos Académicos y el Jefe del Departamento de Personal Académico de la prenombrada Universidad, acreditaron que el impetrante de tutela presta servicios en la UMSS como docente del segundo nivel en la Facultad de Ciencias Sociales, donde “…dicta una asignatura en la CARRERA DE CIENCIAS POLITICAS y CARRERA DE SOCIOLOGIA” (sic), contando el prenombrado con una antigüedad de veinte años de servicio (fs. 234).

II.6.  Mediante Resolución de Sala Plena RSP 18/2023 de 30 de octubre, la Presidenta y el Secretario General del Tribunal Electoral Universitario de la UMSS, se procedió con la aprobación de las listas de candidatos habilitados e inhabilitados correspondiente a la Convocatoria TEU 6/2023, donde consigna el nombre del solicitante de tutela como inhabilitado (fs. 246 a 258).

II.7.  A través de memorial presentado el 31 de octubre de 2023, ante el Tribunal Electoral Universitario de la citada casa superior de estudios, el peticionante de tutela formuló impugnación a su inhabilitación como candidato a Director de Carrera de Ciencias Políticas de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UMSS (fs. 7 y vta.).

II.8.  Consta Resolución de Sala Plena RSP 19/2023 de 3 de noviembre, emitida por la Presidenta y el Secretario General del supra citado Tribunal, mediante la cual, determinaron “…Aprobar el estado de las candidaturas para la Carrera de Ciencias Políticas…” (sic), manteniendo la inhabilitación del impetrante de tutela (fs. 10 a 11).