SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2024-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2024-S2

Fecha: 30-Abr-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Edubith Méndez Menacho contra Juan Soliz Fernández -hoy accionante- por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, en audiencia de -consideración y aplicación de- medidas cautelares celebrada el 17 de mayo de 2022, Judith Sejas Sejas, Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Segunda de Portachuelo del departamento de Santa Cruz -ahora accionada- dictó Auto Interlocutorio 17 de la misma fecha en el que, en lo central, dispuso la medida excepcional de la detención preventiva para el prenombrado imputado (fs. 115 a 119 vta.).

II.2. Por memorial presentado el 20 de mayo de 2022, el ahora impetrante de tutela interpuso recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio referido en la Conclusión anterior, conforme el art. 251 del CPP modificado por la Ley 1173 (fs. 122), mereciendo decreto de 23 del mismo mes y año por el que la autoridad judicial -hoy accionada- dispuso: “...se concede el recurso de apelación debiendo remitirse en fotocopias legalizadas pertinentes ante el Tribunal Departamental de Justicia en el término previsto por ley, previa notificación a las partes...” (sic [fs. 123]).