SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0054/2024-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2024-S1

Fecha: 16-Abr-2024

II. CONCLUSIONES

Realizada la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante Resolución de Directorio 03/2022 de 24 de marzo, el Directorio de la Empresa Municipal de Aseo Urbano Trinidad “EMAUT”, designó a Indira Balcázar Suárez, como Gerente General a.i. de la Empresa Municipal de Aseo Urbano Trinidad, en tanto se convoque públicamente a dicho cargo (fs. 3 a 4).  

II.2.  Cursa fotocopia simple del Testimonio 354, de 22 de octubre de 2001, relativo a una Escritura Pública de Transferencia de Lote de Terreno Urbano Municipal ubicado en la zona Este de Trinidad, sobre la calle Beni y avenida 25 de diciembre, y el arroyo San Juan que otorga la Alcaldía Municipal de Trinidad en favor de la Empresa EMAUT (fs. 8 a 9 vta.).

II.3.  Consta Documento original Folio Real con Matrícula 8.01.1.01.0001558 del lote de terreno urbano ubicado sobre la calle Beni y avenida 25 de diciembre, y el arroyo San Juan, con una superficie de 150,00 mts2., cuyos linderos son al Norte con la Propiedad de Edmundo Ignacio Gutiérrez Cruz, al Este con avenida Beni, al Sur con el terreno de Antonio Vásquez y al Oeste no se consigna; figurando con Titularidad sobre el Dominio en el Asiento 1 a nombre de la Empresa EMAUT Trinidad, sentada conforme a la Testimonio 354, de 22 de octubre de 2001 (fs. 10).

II.4.  Cursa impresión de Plano de Ubicación de Terreno Urbano, emitido por la Dirección de Planificación del Territorio del GAM de Trinidad, a nombre de la Empresa EMAUT Trinidad (fs. 11).

II.5.  Consta Acta de Verificación e Inspección Notarial, de 27 de abril de 2022, emitida por Orlando Roberto Melgarejo Vargas, Notario de Fe Pública 6 de la ciudad de Trinidad del departamento de Beni, la cual señala que a solicitud de Rosmery Gamboa Vargas, Asesora Legal; y, Harley Arnoldo Arauz Datzer, Director Administrativo y Financiero, ambos de EMAUT Trinidad, se constituyeron conjuntamente el referido Notario al distrito 2, zona Belén II, manzano “A”, sobre la calle Beni y avenida 25 de diciembre, y el arroyo San Juan, a objeto de realizar la verificación e inspección Notarial para verificar en qué condiciones, calidad y a qué título se encuentran asentadas algunas personas, sobre el lote de terreno urbano, constatando que: Sobre el referido lote de terreno ubicado en la calle Beni y avenida 25 de diciembre, y el arroyo San Juan, con una superficie de “150.0000” m2, con un frente de 10 metros y fondo lateral de 15 metros, cuyos límites son; al Norte, con la propiedad de Edmundo Ignacio Gutiérrez Cruz; al Este, con la avenida Beni; al Sur, con el terreno de Antonio Vásquez; y, al Oeste no se consigna. Lote de terreno que se evidenció, encontrarse ocupado por Gonzalo Mendoza Condori y Guely Aquino Nuñez -ahora accionados-, a los mismos que se les indagó si contaban con algún derecho propietario sobre el lugar que se encontraban habitando, quienes manifestaron que contaban con documento de compra y venta, sin haber exhibido tal documento, no tienen derecho propietario y dijeron que estaba en trámite, lote que señalan que adquirieron de Edmundo Ignacio Gutiérrez Cruz, quien vive en la cuarta entrada Paitití. Asimismo, en la aludida Acta Notarial, se registró que se constató la instalación de medidor de luz y que cuenta con servicio de agua potable, ambos a nombre de Guely Aquino Nuñez -ahora accionada-. Finalmente, se señala y se adjunta fotografías que tomaron del inmueble objeto de Verificación mediante Inspección Notarial (fs. 12 a 14).