SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0067/2024-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2024-S3

Fecha: 10-Abr-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por memorial presentado el 27 de abril de 2022, Pio Ortega Dávalos y Virginia Mamani Rodríguez -ahora accionantes-, formularon denuncia penal contra Catalina Duran Vilte -tercera interesada-, por la supuesta comisión del delito de usura agravada (fs. 8 a 13 vta.).

II.2.    A través de Resolución caso 601102012200669 de 27 de abril de 2022, el Fiscal de materia Gabriel Alarcón Berrios, asignado a la Unidad de Recepción y Análisis de Causas y Unidad de Solución Temprana de Causas, desestimó la denuncia planteada por los accionantes, considerando que el hecho denunciado resulta atípico (fs. 14 a 16).

II.3.    Mediante memorial de 29 de abril de 2022, los solicitantes de tutela impugnaron la Resolución de desestimación de la denuncia, impetrando que la Fiscal Departamental de Tarija la revoque y ordene el inicio de la investigación penal contra Catalina Duran Vilte, alegando los siguientes agravios: i) Violación al principio de congruencia; y, ii) Falta de motivación y Fundamentación impugnada (fs. 17 a 24).

II.4.    La Fiscal Departamental de Tarija, -autoridad accionada-, por Resolución RJ/ESGS 177/2022 de 18 de mayo, resolvió ratificar la desestimación de 27 de abril, concluyendo que el hecho denunciado no guarda relación con el delito de usura agravada, ya que no se advierte que el hecho sea de acción penal pública sino de naturaleza civil y no es un hecho antijurídico tipificado como delito (fs. 25 a 27).