SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2024-S2
Fecha: 01-Abr-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante folios reales con Matrículas 2.01.4.01.0272066 y 2.01.4.01.0272068, se establece el registro de los lotes de terreno 11 y 12, ubicados en la urbanización “22 de Agosto”, manzano LL, ambos con una superficie de 240 m2, figurando como titular sobre el dominio de los predios en el Asiento 1 a Betty Mamani Mamani -ahora accionante- (fs. 2 y 25).
II.2. Cursa planos referenciales correspondientes a los lotes de terreno referidos en el acápite anterior, emitidos el 31 de marzo de 2021, por el Colegio de Arquitectos de la ciudad de El Alto (fs. 11 y 34).
II.3. Por Documento Privado -no consigna día y mes- de 2014, con reconocimiento de firmas y rubricas, suscrito por Toño Sacarías Illanes Mendoza por sí y en representación de Gabriel Alba Jiménez y Jhamil José Tambo Guzmán -demandado-, acordaron la compraventa de un lote de terreno signado con el número 15, manzano LL de la urbanización “22 de Agosto” del exfundo Ventilla, cantón Achacollo, provincia Murillo del departamento de La Paz (fs. 66 a 67 y vta.).
II.4. Mediante Documento Privado -no consigna día y mes- de 2014, con reconocimiento de firmas y rubricas, suscrito entre las partes señaladas supra, convinieron la compraventa de un lote de terreno signado con el número 14, manzano LL ubicado en la urbanización “22 de Agosto” del exfundo Ventilla, cantón Achacollo, provincia Murillo del citado departamento (fs. 73 y vta.).
II.5. Consta plano referencial con fecha de emisión “ABRIL DE 2019” emitido por el Colegio de Arquitectos de la ciudad de El Alto, correspondiente al lote de terreno signado con el número 11, ubicado en el manzano LL, de la urbanización “22 de Agosto”, distrito 8 de la referida ciudad, consignando como propietaria a Verónica Nataly Tambo Guzmán, codemandada (fs. 77).
II.6. Por certificado expedido el 16 de diciembre de 2021, Martin Illanes Mamani, Presidente de la urbanización “22 de Agosto”, distrito 8 de la ciudad de El Alto, acredita que Jhamil José Tambo Guzmán, cumplió con la vida orgánica participando de todas las actividades organizadas por la junta de vecinos del manzano LL, lote 12 (fs. 69).
II.7. Se tiene muestrario fotográfico, relativo a construcciones habitacionales dentro de un predio, así como, de un medidor de agua de EPSAS (fs. 70 a 72).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ‘Por los fundamentos antes expuestos, se concluye inequívocamente que las vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiaridad, por tanto, el control tutelar de constitucionalidad, puede ser activado frente a estas