SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2024-s4
Fecha: 23-Abr-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución de 10 de mayo de 2022, cursante de fs. 27 a 30, pronunciado por la Jueza de Sentencia Penal Novena del departamento de Cochabamba; y en consecuencia:
1º CONCEDER en todo la tutela impetrada, bajo la modalidad de acción de libertad de pronto despacho, sin responsabilidad para la autoridad judicial demandada y funcionaria de apoyo judicial, debido a las circunstancias particulares que se suscitaron respecto al régimen de conocer y resolver procesos por encontrarse de turno en fin de semana; disponiendo la remisión de los actuados a la instancia correspondiente para su tratamiento; si en su caso a la fecha por el transcurso del tiempo los mismos no hubieran sido remitidos como efecto de la concesión de tutela por parte de la Jueza de garantías; y,
2º Exhortar a la autoridad demandada y a la funcionaria de apoyo judicial a no incurrir en lo posterior en dilaciones injustificadas, que vulneren derechos fundamentales y garantías constitucionales, menos aún en la atención de los trámites y solicitudes vinculadas con el derecho a la libertad.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
René Yván Espada Navía
MAGISTRADO
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
MAGISTRADO