SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2024-S3
Fecha: 02-May-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa el certificado de nacimiento de AA, hijo de Simón Richard Bruno Viana -hoy impetrante de tutela- y Evelin Burgos Ramos, nacido el 27 de marzo de 2022 (fs. 8).
II.2. Consta nota de 11 de marzo de 2022 suscrita por el accionante, dirigida a la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, con referencia: “SOLICITUD REINCORPORACIÓN POR INAMOVILIDAD LABORAL”, señalando en lo pertinente: “…he venido solicitando muy respetuosamente la estabilidad laboral de mi persona en la Caja Nacional CIS, San Ignacio. La escases de fuente laboral por la que cruzamos en nuestro pueblo y la responsabilidad de manutención de mi familia, más aún que mi señora Esposa se encuentra en etapa de Gestación, me lleva a reiterar a ustedes la solicitud de permanencia en mi fuente de trabajo. Adjunto documento Prenatal de mi esposa” (sic [fs. 7]).
II.3. Por Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/JCCHS/CONM 084/2022 de 27 de abril, el Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz, conminó a la CNS de San Ignacio de Velasco, proceda a la “…REINCORPORACION LABORAL INMEDIATA del trabajador SIMON RICHARD BRUNO VIANA con C.I. 7696132 S.C., a su fuente laboral en el mismo puesto que ocupaba, reponiendo los sueldos devengados desde el despido injustificado, en aplicación al D.S. N° 0496, manteniendo su antigüedad y demás derechos que corresponden por ley, bajo primacía de la Constitución Política del Estado por ser un derecho adquirido y consolidado de los trabajadores, y sea de forma inmediata a partir de su legal notificación” (sic [fs. 13 a 15]).
II.4. Mediante Informe Memorando JDTSC/I/VER.REINC./LAB. 074/2022 de 23 de junio, suscrito por Karen Fabiola Eid Flores, Inspectora de la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, que en lo pertinente señaló: “…se puede constatar que la CAJA NACIONAL DE SALUD, a la fecha de verificación NO ha dado cumplimiento a la CONMINATORIA JDTSC/JCCHS/CONM N° 084/2022, de fecha 27 de abril del 2022, la cual conmina a que la CAJA NACIONAL DE SALUD, proceda a REINCORPORAR INMEDIATAMENTE al trabajador SIMON RICHARD BRUNO VIANA por INAMOBILIDAD LABORAL – PADRE PROGENITOR más el pago de sueldos devengados y demás beneficios sociales” (sic [fs. 19]).
II.5. Consta la RA JDTSC/JCCHS/R.R. 176/2022 de 14 de julio; por la cual, el Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz desestimó el recurso de revocatoria planteado por Gabriel Veizaga Seas, en representación legal de la parte accionada contra la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/JCCHS/CONM 084/2022 y decidió confirmar totalmente la misma, conminando a “…la reincorporación laboral del trabajador SIMON RICHARD BRUNO VIANA a su fuente laboral en la CAJA NACIONAL DE SALUD – SAN IGNACIO DE VELASCO., quedando dicha resolución firme y subsistente e n todas sus partes” (sic [fs. 20 a 22]).
II.6. Cursa notificación a la CNS con la RA JDTSC/JCCHS/R.R. 176/2022, practicada el 26 de julio de 2022, por Daril Herrera Cuéllar, Asistente de Ventanilla Única del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social (fs. 24).