SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2024-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2024-S4

Fecha: 28-May-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante Resolución Determinativa 17-01538-16 de 27 de diciembre de 2016, Nacira García Ayala, Gerente Distrital Santa Cruz II a.i. del SIN, dispuso en su punto primero, determinar sobre base cierta y de oficio, las obligaciones impositivas de la contribuyente Julieta Quinteros Jordán –hoy accionante–, con Número de Identificación Tributaria (NIT) 2836712018, por la suma de UFV’s34 558.-, equivalente a Bs75 049.-, por concepto de tributo omitido más accesorios de ley (fs. 4 a 5).

II.2.    Por Resolución del Recurso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0165/2017 de 6 de abril, Dolly Karina Salazar Pérez, Directora Ejecutiva Regional a.i. de Impugnación Tributaria Santa Cruz, determinó anular obrados hasta el vicio más antiguo, esto es, la Resolución Determinativa 17-01538-16, a fin de que la administración tributaria atienda previamente la petición de la ahora impetrante de tutela, referida a fotocopias legalizadas de los antecedentes administrativos para asumir defensa y de manera posterior emitir una nueva resolución en caso de que corresponda (fs. 13 a 15 vta.).

II.3.    A través de Proveído 242176000299 de 13 de octubre de 2021, Carlos Rivero Acosta, Gerente Distrital Santa Cruz II a.i. del SIN, en respuesta la solicitud de Julieta Quinteros Jordán de cumplimiento de la Resolución del Recurso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0165/2017, le hizo conocer a la nombrada que con la finalidad de acatar lo ordenado por tal Resolución, el 22 de mayo de 2017, se remitió antecedentes administrativos ante el Departamento de Recaudación y Empadronamiento de dicha Gerencia, debiendo acudir la impetrante ante esa instancia a efecto de realizar el seguimiento correspondiente de acuerdo a procedimiento; actuado que le fue notificado a la hoy solicitante de tutela, en la misma fecha (fs. 111; y, 112).