SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2024 S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2024 S3

Fecha: 24-May-2024

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la

Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 10/2022 de 5 de abril, cursante de fs. 16 a 17, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Segundo de El Alto del departamento de La Paz; y, en consecuencia:

1º  CONCEDER la tutela solicitada por vulneración a los derechos a la libertad y el debido proceso vinculados al principio de celeridad, conforme a los fundamentos jurídicos desarrollados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,

2° Exhortar a las autoridades del Consejo de la Magistratura efectúen toda diligencia para el acceso a la justicia gratuita para que el Estado Boliviano mediante las autoridades correspondientes garanticen el pago del gasto de fotocopias para remisiones de alzada a cuenta del Órgano Judicial de forma inmediata.

3° Exhortar la retroalimentación al Juez y Secretario –accionados-  del Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido, del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de San Andrés de Machaca del departamento de La Paz, por el Consejo de la Magistratura, respecto a la celeridad para grupos vulnerables.  

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro

MAGISTRADA

Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori

MAGISTRADO