SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2024-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2024-S3

Fecha: 24-May-2024

III.  CASO CONCRETO

La Resolución 07/2022 del 22 de abril, emitida por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, concedió la tutela al accionante al evidenciar que sus derechos fueron vulnerados por no enviar el expediente de apelación al Tribunal de Alzada correspondiente (fs. 2 a 6). En revisión, esta Resolución, fue revocada mediante la SCP 0693/2023-S3 de 5 de julio que determinó:

1º CONCEDER la tutela solicitada, respecto al Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Quinto de la Capital del departamento de La Paz, ante la evidente lesión del derecho al debido proceso en su elemento celeridad, vinculados con el derecho a la libertad del accionante, disponiendo que la referida autoridad judicial accionada, o en su defecto el Tribunal de Sentencia Anticorrupción Primero de la Capital del departamento de La Paz, donde radica la causa, proceda de inmediato con la remisión del recurso de apelación incidental hoy extrañada ante la Sala Penal correspondiente, siempre y cuando ello no hubiere ya ocurrido; y,

2° DENEGAR la tutela impetrada, con relación a la Secretaria del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Quinto de la Capital del departamento de La Paz, conforme a los Fundamentos Jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional”.

Por consiguiente, es evidente que la presente acción de defensa versa sobre el mismo objeto, sujeto y causa, porque el accionante denuncia la no remisión de su apelación sobre el rechazo a su solicitud de cesación a la detención preventiva al Tribunal de alzada por parte del Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Quinto de la Capital del departamento de La Paz, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional glosada en esta Sentencia Constitucional Plurinacional. Además, el Auto de 30 de mayo de 2022 emitido por el Juez accionado en el que solicita la provisión de recaudos para fotocopias está enmarcado dentro del acto lesivo que originó la concesión de tutela de la primera acción de libertad. Por este motivo, el solicitante debía dirigirse a la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de La Paz, para denunciar el incumplimiento de la SCP 0693/2023-S3 de 5 de julio.

En consecuencia, el Juez de garantías al conceder la tutela actuó de forma incorrecta.