SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2024-S1
Fecha: 27-May-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante memorial de 18 de agosto de 2021, presentado por Edgar Boris Zerda Coca -ahora accionante-, formula recurso de casación, de cuyo contenido se observa aspectos relativos a la Sentencia 43/2014 de 19 de diciembre, dictada por el Juez de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Cochabamba, y termina pidiendo que se case el Auto de Vista 07/2020 de 19 de marzo, por vulneración flagrante del art. 344 del CPP (fs. 109 a 111 vta.).
II.2. Cursa Auto Supremo 1047/2021-RA de 11 de noviembre, pronunciado por María Cristina Díaz Sosa y Edwin Aguayo Arando, Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en cuya parte resolutiva determinan declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por no cumplir con los arts. 416 y 417 del CPP (fs. 117 a 120 vta.).
II.3. Consta mandamiento de condena librado por Luis Fernando Barrios Quevedo, Juez de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Cochabamba contra Edgar Boris Zerda Coca, por haber sido condenado a tres años y dos meses de reclusión (fs. 129).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo.