SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2024-S3
Fecha: 02-May-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 27/2022 de 26 de mayo, cursante de fs. 16 a 17, pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Quinto de la Capital del departamento de La Paz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada, con relación a los derechos a la vida; a la salud; y, del debido proceso en su elemento de celeridad, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional.
2° Exhortar al Gobernador del Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, para que atienda de manera pronta y oportuna las peticiones efectuadas por los privados de libertad con relación a la salud de los mismos.
3° DENEGAR la tutela solicitada respecto al derecho de acceso a la justicia, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA
[1] La SCP 0033/2013 de 4 de enero, señala que: “…el derecho a la vida más allá de representar la interdicción de la muerte arbitraria, implica la creación de condiciones de vida por parte del Estado; el cual no debe escatimar esfuerzos en todos sus niveles para garantizar en la medida de lo posible, la subsistencia con dignidad de todas las personas, aspirando a consolidar el vivir bien, utilizando todos los mecanismos de los que dispone”.
[2] SCP 1977/2013 de 4 de noviembre.
[3] SCP 0618/2012 de 23 de julio.
[4] SCP 0484/2019-S2 de 9 de julio.