SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2024-S3
Fecha: 22-May-2024
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia la vulneración del derecho de la menor de edad AA al debido proceso, toda vez que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el presunto autor, el Juez ahora accionado emitió la Resolución 42/2024 de 9 de abril, declarando infundada la solicitud de revocatoria de medidas cautelares, que no pudo impugnar por el corte del sistema informático al ser su audiencia virtual; asimismo, la referida autoridad judicial convocó a audiencia el 12 de abril de 2024, durante la cual existió un corte del sistema informático y pese a ello, se continuó con su substanciación, en la que se dieron por agotadas las pruebas testificales de la parte denunciante víctima, sin que se hubieran emitido los comparendos para los testigos ni realizado las notificaciones, con la finalidad que aquellos puedan concurrir a juicio oral, público y contradictorio, siendo obligación de la autoridad jurisdiccional o en todo caso, de la Oficina Gestora de Procesos su ejecución.
En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto del debido proceso
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Conforme el entendimiento reiterado de la SCP 0363/2021-S2 de 26 de julio, que reiteró el contenido de anterior jurisprudencia, sobre el tópico que se aborda, se tiene que: “La Constitución Política del Estado, ha instituido las acciones de defensa p