SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0221/2024-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2024-S3

Fecha: 24-May-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Informe Médico de 3 de junio de 2022 emitido por el Centro Médico Quirúrgico Santa Rita, correspondiente a Virginio Ríos Rodríguez -hoy accionante-, donde se advierte que ingresó al servicio de emergencias con antecedente de accidente de tránsito, concluyendo que el paciente requiere internación para observación y conducta resolutiva quirúrgica por traumatología ante fractura de su clavícula derecha (fs. 2).

II.2.    Consta Carta Notariada presentada el 17 de junio de 2022, ante el Centro Médico Quirúrgico Santa Rita, por la que el accionante solicitó su respectiva alta médica, indicando que “…pedir a su persona o su administrador la pronta libertad y la no retención por concepto de pago por cuanto esa responsabilidad es netamente del causante del accidente quien me informo que dejo ya un monto de dinero en su clínica…” (sic [fs. 3 y vta.]).