SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2024-S3
Fecha: 13-May-2024
II. CONCLUSIONES
Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso familiar sobre asistencia familiar seguido por Karina Nelly Fernández Franco -ahora accionante- contra Edwin Tarqui Tarqui -hoy accionado- la Jueza Pública de Familia Primera de la Zona Sur de la Capital del departamento de La Paz, mediante Resolución 668/2022 de 6 de septiembre, declaró probada en parte la demanda disponiendo que el prenombrado accionado como obligado suministre por concepto de asistencia familiar a favor de su dos hijos AA y BB la suma de Bs1000.- (mil bolivianos), computable a partir de la citación con la demanda. “Por otra parte, en atención al interés superior de los menores y a objeto de mantener las relaciones paterno filiales, se fija horario de visitas los días domingos desde horas 14:00 p.m. hasta horas 18:00 p.m. debiendo recoger a los menores y devolverlos a la hora establecida” (sic [fs. 20 a 22 vta.]).
II.2. Mediante memorial presentado el 5 de enero de 2024, la impetrante de tutela, solicitó a la Jueza Pública de Familia Primera de la Zona Sur de la Capital del departamento de La Paz, emita mandamiento de rescate de sus hijos retenidos ilegalmente (fs. 23 a 24).
II.3. Consta decreto de 9 de enero de 2024, en el que la Jueza Pública de Familia Primera de la Zona Sur de la Capital del departamento de La Paz, dispuso el traslado del memorial presentado por la solicitante de tutela al ahora accionado para que se pronuncie en un plazo no mayor a cuarenta y ocho horas (fs. 44).