SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2024-S3
Fecha: 24-May-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 08/2022 de 4 de junio, cursante de fs. 20 vta. a 23 vta., pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada,
a) Disponiendo que el Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, señale día y hora de audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva del accionante, salvo que dicho actuado procesal ya hubiese sido celebrado por el transcurso del tiempo.
2° DENEGAR la tutela solicitada, en cuanto al derecho de petición, a la condenación de multa pecuniaria de Bs1 000.- y la remisión de antecedentes al Ministerio Público, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA