SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2024-S3
Fecha: 17-Jun-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 113/2022 de 13 de septiembre, cursante de fs. 87 a 101, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; y en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada con relación al derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia; disponiendo:
a) Dejar sin efecto el Auto de Vista 308/2022 de 25 de mayo, debiendo los Vocales de la Sala Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, pronunciar nuevo auto de vista conforme los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
2° DENEGAR la tutela solicitada respecto al Juez Público Civil y Comercial Decimoprimero de la Capital del departamento de Oruro; asimismo, con relación a los derechos al debido proceso en su elemento de valoración de la prueba y a la propiedad en su elemento de contar con una vivienda digna; y, a la solicitud de imposición de costas.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA