SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
0239/2024-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2024-S2

Fecha: 10-Jun-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante memorial presentado el 9 de junio de 2022, José Ignacio Eguez Jiménez -ahora accionante- interpuso recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio de 7 del mismo mes y año, pronunciado por los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Buena Vista del departamento de Santa Cruz -demandados-, a través del cual, rechazaron su solicitud de cesación de la detención preventiva (fs. 2 y vta.).

II.2.  Por Oficio 432/2022 de 27 de junio, Saúl Vargas Mérida, Juez del citado Tribunal de Sentencia, remitió al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia del indicado departamento, “…en copias legalizadas, expediente N° 12/2022…” (sic), correspondiente al proceso penal instaurado en contra del prenombrado por la presunta comisión del delito de asesinato; Oficio con sello de recepción a horas 8:30 y fecha ilegible (fs. 11).

II.3.  A través de informe de 28 de junio de 2022, Edith Porco Esquivel, Secretaria del señalado Tribunal de Sentencia, informó que: “…de la re[vi]sión de actuados se tiene memorial de apelación incidental a fs. 653 y vta., tengo [a] bien informar que la parte apelante no [h]a [provisto] las fotocopias de los actuados y la suscrita (…) no cuenta con recursos necesarios para proveer las copias, para que esta sea remitido al tribunal de alzada.

Sin embargo, la suscrita secretaria remitió el expediente en original al tribunal de alzada” (sic [fs. 12]).