SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0224/2024-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2024-S1

Fecha: 17-Jun-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión de antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa Documento Privado de Transferencia de 15 de septiembre de 2010, suscrito entre Arminda Molina Correa -tercera interesada- y Pedro Kahuana  -ahora accionante-, respecto a tres lotes de terreno ubicados sobre la Avenida Jacaranda, manzana 57, lotes A, B y C, de la urbanización El Carmen, por el precio convenido de $us4 359,00.- (cuatro mil trescientos cincuenta y nueve dólares estadounidenses), suma a ser cancelada en cuotas (fs. 28 y vta.); así como el plan de pago y los respetivos recibos de pago de 13 de septiembre y 17 de noviembre ambos de 2010, y 2 de febrero de 2011         (fs. 29 a 31).

II.2.  Por documento privado con reconocimiento de firmas de 9 de marzo de 2011, suscrito entre Miguel Ángel Espinoza Moreno, apoderado de la tercera interesada; y, Pedro Kahuana y Carmen Rosa Soliz Pomier -impetrantes de tutela- se efectuó la venta de los referidos lotes de terreno (fs. 14 a 16 vta.).

II.3.  Consta Certificado Catastral 04/2022 de 29 de marzo, emitido por el Departamento de Catastro Urbano del Gobierno Autónomo Municipal (GAM) de Riberalta del departamento del Beni, que refiere lo siguiente:

Que Verificado los registros y datos de la propiedad y referencias técnicas dentro del radio Urbano de la ciudad de Riberalta y archivos referenciales de esta Unidad, se emite la CERTIFICACION CATASTRAL de la Propiedad “EL CARMEN” a nombre de la Sra. ARMINDA MOLINA CORREA que se encuentra dentro del RADIO URBANO de la ciudad de Riberalta aprobado mediante Ley Municipal 040/2016, homologada mediante Resolución Ministerial N° 106/2016 del Ministerio de Autonomía… (sic [fs. 11 a 12]). 

II.4.  Se tiene Plano Catastral Georeferenciado del predio denominado                           “EL CARMEN” a nombre de Arminda Molina Correa, emitido por el Director de Catastro del GAM de Riberalta del departamento del Beni (fs. 13).

II.5.  Cursa Folio Real con Matricula Computarizada 8.02.1.01.0005589, respecto al lote de terreno denominado “EL CARMEN”, con una superficie de 1200963.00 m2, con registro propietario a nombre de Arminda Molina Correa (fs. 16).

II.6.  Mediante Acta Notarial 27/2022 de 2 de julio, Boris Pacheco Barrios, Notario de Fe Pública 8, a solicitud verbal de Pedro Kahuana, se constituyó en el inmueble sito en la final Avenida Jacaranda, a objeto de verificar, constatar y dar fe pública respecto al asentamiento de personas en el lote de terreno de su propiedad, “inmueble cuyo derecho propietario se encontraría pendiente de registro en Derechos Reales (sic), manifestando que:

Una vez en el lugar conjuntamente el solicitante y el abogado Toshiro Simizu Aguirre, pude constatar la presencia de dos mujeres, un niño y un varón de aproximadamente 55 años que se encontraba levantando una cerca de madera por lo que a solicitud del interesado consulte al sujeto masculino, ¿Cuál el motivo de su presencia en el lugar?, contestándome el mismo que una señora le haya contratado para levantar la cerca de madera en el ligar, que él era solo un trabajador que se estaba ganando el día. Asimismo se consultó al trabajador ¿Cuál era el nombre de la persona que le había contratado para hacer el trabajo? Respondiéndome el mismo que no sabía el hombre, pero que era una mujer la que lo había contratado para levantar la cerca. Posteriormente me dirigí a la entrada para conversar con las mujeres que se encontraban en el lugar a su llegada, pero ambas se habían retirado del lugar conjuntamente el menor (sic [3 y vta.]).

II.7.  A través de Acta Notarial 28/2022 de 2 de julio, el Notario de Fe Pública 8, a solicitud verbal de Pedro Kahuana, se constituyó en el inmueble sito en la final Avenida Jacaranda, a objeto de verificar, constatar y dar fe pública respecto al asentamiento de personas en el lote de terreno de su propiedad, “inmueble cuyo derecho propietario se encontraría pendiente de registro en Derechos Reales” (sic), señalando que una vez en el lugar se constató la presencia de una gran cantidad de personas que estaban divididas en dos grupos, el primero compuesto por vecinos del barrio, quienes pretendían cercar el lote de terreno que presuntamente pertenecería a Pedro Kahuana, y el segundo grupo de personas que serían familiares del nombrado, mismos que no permitían que los vecinos del lugar procedan a cercar el lote de terreno, encontrándose en el lugar funcionarios policiales, en dos camionetas, mismos que trataban de calmar los ánimos; asimismo, se encontraba en el lugar el Abogado Ideki Toshiro Simizu Aguirre, quien fue agredido físicamente. Cuando parecía que los ánimos se habían calmado, los vecinos decidieron reunirse, donde se encontraba Gaby Sánchez, “PRESIDENTA DE LA ASOCIACION DE JUNTAS VECINALES NACIONAL”, quien aparentemente se encontraba hablando por celular con un                            “Vice – Ministro”, y al finalizar la reunión de los vecinos tomaron la decisión de cercar el lote de terreno, los hechos narrados son corroborados por las videos y fotografías que fueron tomados en el lugar (fs. 2 y vta.), adjuntando muestrario fotográfico (fs. 4) y CD con grabaciones (fs. 5).