SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2024-S4
Fecha: 11-Jun-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Certificado Médico de 3 de junio de 2022, el cual indica que el –ahora accionante– Manolo Rojas Paz se encuentra en mal estado general e internado en el Hospital de Clínicas (fs. 2).
II.2. Mediante papeleta de 31 de mayo de 2022 se dispuso salida médica para el impetrante de tutela, en virtud al informe del área médica de la misma fecha (fs. 3 y 4).
II.3. Cursa el Auto Interlocutorio 154/2022 de 5 de mayo, que rechazó una solicitud de cesación a la detención preventiva efectuada por el solicitante de tutela, en consideración a los incs. 1) y 2) del art. 234 del CPP (fs. 19 a 22).
II.4. Por memorial presentado el 3 de junio de 2022, la autoridad demandada solicito se señale día y hora pidiendo la cesación a su detención preventiva (fs. 8).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Conforme señala la SCP 0429/2023-S4 de 5 de junio: “…Dentro de la clasificación doctrinal de la acción de libertad, respecto a la finalidad que esta persigue, la traslativa o de pronto despacho, se activa para reparar las lesiones al derecho a la lib