SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2024-S4
Fecha: 11-Jun-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Auto Interlocutorio de 16 de febrero de 2022, emitido por Karin Balcázar Azaba, Jueza Público de Familia Séptimo del departamento de Santa Cruz – hoy demandada–, mediante el cual y en resolución del Recurso de reposición planteado por Jaime Eduardo Tapia Cortez, aprobó la liquidación de asistencia familiar a ser pagado a Mary Aida Moscoso Romero de la suma de Bs11 945.- (once mil novecientos cuarenta y cinco bolivianos 00/100), por concepto de asistencia familiar devengada hasta el 16 de septiembre de 2021, al mismo tiempo se intimó a Jaime Eduardo Tapia Cortéz, al efectivizar dicho pago de (fs. 34 vta.).
II.2. Cursa Informe de Radiología general, de 27 de junio de 2021 efectuado a AA, firmado por Henry Díaz Avilés, Medico Radiólogo, mediante el cual se tiene las siguientes conclusiones sobre el citado paciente: a) Los hallazgos descritos sugieren hipertrofia adenoidea faríngea de 2do grado; y, b) Resto del estudio radiológico dentro los parámetros normales (fs. 41); Informe Médico del de 29 de noviembre de 2019, formado por Ronald Guzmán; y, Rolando Roda Mata, Médicos especialistas, por el cual se establece que, AA, presenta “…hipertrofia de adenoides grado III con la consiguiente disminución marcada del diámetro de la columna aérea a nivel del cavum” (sic)( fs. 37).