SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2024-S3
Fecha: 03-Jun-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Auto Interlocutorio 185/2022 de 18 de mayo, Andrés Franz Zabaleta Callisaya, Juez de Instrucción Anticorrupción y de Materia contra la Violencia hacia la Mujer Segundo de la Capital del departamento de La Paz -ahora accionado-, rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva presentada por Mauricio Salinas Gamboa -hoy accionante- con base en el art. 239.1 del CPP (fs. 12 y vta.).
II.2. Cursa Oficio de 30 de mayo de 2022, dirigido a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por el cual se remitieron obrados en original con el recurso de apelación incidental planteado contra el Auto Interlocutorio 185/2022; asimismo, se advierte la recepción por dicha Sala de “31” de dicho mes y año (fs. 13 y vta.).
II.3. Consta memorial de 2 de junio de 2022, dirigido al Juzgado de Instrucción Anticorrupción y de Materia contra la Violencia hacia la Mujer Segundo de la Capital del departamento de La Paz por el cual, el accionante puso en conocimiento el retiro del recurso de apelación incidental interpuesto y solicitó audiencia de consideración de cesación de su detención preventiva con base en el art. 239.1 del CPP (fs. 2 a 5). Mereciendo el decreto de 6 de junio de 2022, por el cual se dispuso “…estar al LIBRO DE ALTAS Y BAJAS, toda vez que el Cuaderno de Control Jurisdiccional, fue remitido a Salas de Turno (…). Sin perjuicio, notifíquese a la Sala Penal Segunda a efectos de la devolución del Cuaderno de Control Jurisdiccional” (sic [fs. 16 vta.]).