SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2024-S3
Fecha: 17-Jun-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 065/2022 de 12 de septiembre, cursante de fs. 43 a 45 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí; y, en consecuencia:
1º CONCEDER la tutela solicitada, respecto al derecho de petición, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional;
a) Disponer que el Presidente de la Confederación Universitaria Boliviana en un plazo de cinco días, después de notificada con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, dé una respuesta material a los memoriales presentados el 4 de mayo, 22 de junio y la Carta Notariada de 15 de agosto de 2022.
CORRESPONDE A LA SCP 0341/2024-S3 (viene de la pág. 13).
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori