SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2024-S2
Fecha: 29-Jul-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
Sobre la Conminatoria de reincorporación
II.1. Cursa Conminatoria J.D.T.-L.P./NTLF/070/2022 de 25 de febrero, por la que la Jefa Departamental de Trabajo de La Paz dependiente del Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social, en atención a los arts. 48 y 49 de la CPE; los Decretos Supremos (DDSS) 28699 de 1 de mayo de 2006 y 0495 de 1 de mayo de 2010, y Resolución Ministerial (RM) 868/10 de 26 de octubre de 2010, conminó al GAM de La Paz -entidad ahora accionada- a la reincorporación de Lidia Marisol Flores Mamani -hoy accionante- al mismo puesto que ocupaba como Asistente Técnico de Promoción Social dependiente del Programa Barrios y Comunidades de Verdad del citado Gobierno Municipal, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales y laborales que correspondan a la fecha de su respectiva reincorporación, advirtiéndose el sello de recepción del GAM de La Paz el 8 de marzo de 2022 (fs. 90 a 92 vta.).
II.2. Por Informe J.D.T.L.P.-NTLF-VR-070/2022 de 23 de marzo, la Inspectora de la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz, concluyó que la entidad accionada no dio cumplimiento a la Conminatoria J.D.T.-L.P./NTLF/070/2022, en lo que respecta a la restitución de fuente laboral, sueldos devengados y demás derechos sociales (fs. 20 y vta.).
Sobre la interposición de recursos administrativos
II.3. Por memorial presentado el 17 de marzo de 2022, el GAM de La Paz interpuso ante la Jefa Departamental del Trabajo de La Paz recurso de revocatoria contra la Conminatoria J.D.T.-L.P./NTLF/070/2022 (fs. 87 a 89), mismo que fue resuelto a través de la RA 240-22 de 14 de abril de ese año, determinando confirmar la señalada Conminatoria (fs. 84 a 86).
II.4. Cursa recurso jerárquico formulado por la entidad ahora accionada el 4 de mayo de 2022 contra la RA 240-22 (fs. 79 a 81 vta.).