SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2024-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2024-S3

Fecha: 04-Jul-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante memorial de 21 de septiembre de 2022, dirigido a Aracely Juanes Juaniquina, Directora de Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro -hoy accionada-, los representantes del Sindicato Agrario Comunidad Campesina Vinto -ahora accionantes-, solicitaron copia legalizada del proceso de certificación de uso de suelo. (fs. 96 a 97), la cual fue contestada por nota de 28 de igual mes y año, señalando que revisados los archivos del Sistema Información Geográfica (S.I.G.), no se encontró la carpeta 18/22 (fs. 95).

II.2.    A través de memorial de 21 de septiembre de 2022, los accionantes peticionaron a la precitada autoridad municipal, copia legalizada del proceso de aprobación de la Urbanización (fs. 104 a 105), mereciendo respuesta mediante Nota Archivo Técnico INF. 117/22 de 12 de octubre, en la cual se estableció que la documentación de aprobación no se encontraba en dependencias de archivo técnico de mapoteca como tampoco el plano referido (fs. 103).

II.3.    Por memorial de 21 de septiembre de 2022, los solicitantes de tutela pidieron a la Directora de Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, copia legalizada del proceso de aprobación de plano georreferenciado de la Urbanización del Sindicato Agrario Comunidad Campesina Vinto (fs. 101 a 102), el cual fue atendido a través de Nota D.O.T./J.G.E.S.G./107/22 de 28 de ese mes y año, en la que se comunicó que revisados los archivos del área de Sistema de Información Geográfica (S.I.G.), no se encontró la carpeta 077/2022 (fs. 100).

II.4.    Por RA 009/2020 de 22 de diciembre, el Secretario Municipal de Gestión Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, resolvió: Primero.- Aprobar la planimetría de la Urbanización denominada “Sindicato Agrario Comunidad Campesina Vinto”, inscrita en DD.RR bajo la matrícula 4.01.1.03.0012639; Segundo.- Autorizar a la Secretaría de dicha unidad y a la Dirección de Ordenamiento Territorial, imprimir el término aprobado en la planimetría de la urbanización, con las medidas de seguridad apropiadas y las firmas correspondientes bajo su entera responsabilidad, asimismo, proceder a la guarda y custodia de dichos documentos para control posterior; Tercero.- Instruir a la Dirección de Ordenamiento Territorial del “GAMO”, la remisión mediante notas de cortesía de una copia del plano urbano aprobado por la presente resolución administrativa al Registro de DD.RR. del Órgano Judicial Departamental de Oruro al Servicio de Acueductos y Alcantarillado de Oruro-SELA, a la Distribuidora de Electricidad (ENDE S.A.), y demás reparticiones de Ordenamiento Territorial para su archivo correspondiente y conocimiento de sus unidades técnicas y operativas; y; Cuarto.- Quedan encargados de la ejecución y cumplimiento de la presente disposición la Secretaría Municipal de Gestión Territorial, Dirección de Ordenamiento Territorial, Jefatura de Control Urbano, Jefatura de Catastro Urbano, Dirección Tributaria y Recaudaciones, además de las unidades y funcionarios involucrados (fs. 79 a 84).

II.5.    Cursa memorial de 26 de septiembre de 2022, por el cual los accionantes pidieron a la Directora accionada, que por la sección que corresponda se proceda a la remisión de la planimetría aprobada de la Urbanización (fs. 93 a 94); petición que fue contestada por Nota D.O.T.-INF./MOZ 180/22 de 11 de octubre del citado año, señalando que conforme al Informe Legal DOT/VCG/INF 74/2022 de 7 del mismo mes, el expediente de aprobación de la Urbanización del Sindicato Agrario Comunidad Campesina Vinto, fue remitido a la Secretaría Municipal de Asuntos Jurídicos, para su respectiva verificación legal (fs. 92).

II.6.    Mediante Nota CITE: S.A.C.C.V. 66/2022 de 20 de octubre, los impetrantes de tutela pidieron a la Secretaria Municipal de Gestión Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro -ahora accionada- copia simple y/o legalizada del informe y demás antecedentes (fs. 85), petición que mereció el Informe D.O.T./VCG/INF. 83/2022 de 26 del mes y año señalados, en cuyo punto de análisis dio a conocer que los antecedentes pedidos se encontraban en la carpeta derivada a la Secretaría Municipal de Asuntos Jurídicos de la citada enditad edil, en cuyas conclusiones se dio curso a la extensión de copia simple del Informe DOT/VCG/INF/74/2022 (fs. 87).