SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0516/2024-S3
Fecha: 17-Jul-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 093/2024 de 12 de junio, cursante de fs. 88 a 92, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada con relación a los derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, a la vivienda y a la propiedad privada; disponiendo:
a) Dejar sin efecto el Auto Definitivo de 23 de marzo de 2023, debiendo la Jueza Pública Civil y Comercial Décima de la Capital del departamento de Chuquisaca, pronunciar uno nuevo conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
b) Dejar sin efecto la medida cautelar dispuesta por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca en audiencia de consideración de la acción tutelar.
2° DENEGAR la tutela solicitada respecto a los derechos a la dignidad, a la defensa; así también, con relación a los principios de legalidad y seguridad jurídica.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA