SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2024-S2
Fecha: 09-Jul-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa acta de audiencia de garantías y Resolución de 19 de mayo de 2021 -dentro de la acción de libertad interpuesta por Angélica Jenny Ortega López contra los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia-, dictada por el Tribunal de Sentencia Penal Primero - Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Tupiza del departamento de Potosí, constituido en Tribunal de garantías, mediante la cual, resolvió conceder la tutela en parte con relación a la dilación indebida y se dispuso que el Tribunal Supremo de Justicia, de manera inmediata se pronuncie sobre la solicitud de libertad efectuada por la accionante dentro del proceso de extradición; y, denegó respecto al pedido de revisión de fondo del Auto Supremo 117/2021 de 21 de septiembre y dejar sin efecto el mandamiento de detención preventiva con fines de extradición (fs. 5 a 9 vta.).
II.2. A través del Auto Interlocutorio de 9 de junio de 2022, el Juez de Instrucción Penal Sexto de la Capital del departamento de Potosí, en virtud a la extradición aceptada, dispuso que la peticionante de tutela, quien se encontraba recluida en el Centro de Rehabilitación Corazón de Jesús de Tupiza del departamento señalado, sea trasladada y entregada al gobierno de la República de Argentina; a tal efecto, ordenó se emita el mandamiento de excarcelación de la nombrada; asimismo, una vez ejecutada su entrega indicó se informe de manera inmediata al Tribunal Supremo de Justicia o a su autoridad (fs. 40 a 41).
II.3. Se tiene orden de salida de 4 de julio de 2022, emitida por Mirian Flores Baltazar, Jueza del Tribunal de garantías, recibido por el mencionado Centro de Rehabilitación a horas 17:10 de la señalada fecha (fs. 28).
II.4. Consta acta de entrega de persona privada de libertad de 5 de julio de 2022 a horas 19:50, correspondiente a la accionante, entregada por David Chaira Isnado, Encargado de Traslado del Centro de Rehabilitación Corazón de Jesús de Tupiza del departamento de Potosí, a personal designado para el recojo de la INTERPOL; asimismo, se tiene Informe 036/2022 de 5 de julio, elaborado por el Director del mencionado Centro de Rehabilitación (fs. 43 y 45).
II.5. De la revisión del Sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, se tiene la SCP 0157/2024-S2 de 13 de mayo, que resolvió “…CONFIRMAR la Resolución de 19 de mayo de 2022, cursante de fs. 88 a 91 vta., pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Primero - Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Tupiza del departamento de Potosí; y en consecuencia, CONCEDER en parte la tutela solicitada, en los mismos términos expresados por el citado Tribunal…” (las negrillas pertenecen al texto original).