SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0337/2024-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2024-S1

Fecha: 22-Jul-2024

II. CONCLUSIONES

Del análisis de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Consta Auto Inicial de Proceso Administrativo 39/2018 de 6 de septiembre, emitido por la Autoridad Sumariante de la CPS, por el que se dispuso la apertura de proceso administrativo interno contra Tatiana Rosario Cruz Aranibar -ahora accionante-, por la presunta contravención al ordenamiento jurídico administrativo (arts. 14.II, 39.II y 235.2 de la CPE; 7.11 de la             Ley 348; 13.I inc. c) de la Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación -Ley 045 de 8 de octubre de 2010-; 28, 29 y 34 de la               Ley de Administración y Control Gubernamentales -Ley 1178 de 20 de julio de 1990-; 103 inc. d) y e), 104 inc. c), 105 inc. b) y 107 del Reglamento Interno de Personal de la CPS; 7 incs. h, j, l, m, n, q, r y v del Código de Ética de la CPS de 25 de agosto de 2017; 16 inc. de la Ley General del Trabajo (LGT) concordante con el art. 9 inc. e) del Decreto Reglamentario de la LGT) (fs. 28 a 32). Por Resolución de Proceso Administrativo Interno 63/2018 de 24 de octubre, la autoridad sumariante estableció responsabilidad administrativa  en contra de la ahora peticionante de tutela, sancionándola con la suspensión de 30 días sin goce de haber (fs. 33 a 42). Ante esta determinación, la prenombrada interpuso recurso de revocatoria, que mediante Resolución de Recurso de Revocatoria 27/2018 de 26 de noviembre se ratificó la sanción; y contra dicha determinación presentó recurso jerárquico, que a través de Resolución de Recurso Jerárquico 001/2019 de           2 de enero se resolvió por anular obrados, determinando que la autoridad sumariante de prosecución al proceso administrativo desde el Auto Inicial de Proceso Administrativo 39/2018 (fs. 43 a 53). Dicha autoridad emitió la Resolución de Proceso Administrativo Interno 44/2019 de 15 de octubre, estableciendo responsabilidad administrativa de la accionante e imponiéndole la sanción de 30 días sin goce de haberes; y habiendo interpuesto de similar manera recurso de revocatoria contra esta última determinación se ratificó el fallo a través de Resolución de Recurso de Revocatoria 13/2019 de 25 de octubre; contra la cual, planteó recurso jerárquico, y mediante Resolución de Recurso Jerárquico 025 de 14 de febrero de 2020, el Director General Ejecutivo de la CPS, confirmó la Resolución de Recurso de Revocatoria 13/2019; y, ratificó las determinaciones establecidas en la Resolución de Proceso Administrativo Interno 44/2019 (fs. 54 a 77).

II.2.  Del Sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, se advierte la acción de amparo constitucional interpuesta por la ahora accionante el 25 de febrero de 2021 en contra del ex y el por entonces actual Director General Ejecutivo de la CPS, cuestionando la Resolución de Recurso Jerárquico 025 de 14 de febrero de 2020; en la cual el Tribunal de garantías por Resolución 61/2021 de 26 de marzo concedió en parte la tutela impetrada, dejando sin efecto la Resolución de Recurso Jerárquico 025 y ordenó la emisión de una nueva resolución; y en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de la SCP 0941/2022-S2 de 2 de agosto, se REVOCÓ la Resolución 61/2021 que dejó sin efecto la Resolución de Recurso Jerárquico 025 y se DENEGO la tutela precisando que “se deja sin efecto todos los actos que como emergencia de la incorrecta concesión, se hubieran emitido” (sic), y se llamó la atención al Tribunal de garantías, y a los abogados del impetrante de tutela, por interponer una acción de amparo constitucional sobre el mismo objeto y causa sin aguardar que la primera sea revisada por el Tribunal Constitucional Plurinacional.

II.3.  En cumplimiento a la resolución emitida por el Tribunal de garantías, David Silvestre Martínez Flores, Director General Ejecutivo de la CPS -ahora demandado- emitió la nueva Resolución de Recurso Jerárquico 004 de 8 de abril de 2021, resolviendo anular obrados hasta fs. 421 vlta. inclusive, debiendo la actual Autoridad Sumariante emitir nueva resolución de proceso administrativo interno, considerando los fundamentos de la presente Resolución Jerárquica (fs. 78 a 90).

II.4.  En cumplimiento a la Resolución de Recurso Jerárquico 004, Oscar Mollo Sepulveda, Autoridad Sumariante de la CPS, emitió la Resolución de Proceso Administrativo Interno 12/2021 de 19 de mayo, estableciendo RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA contra TATIANA ROSARIO CRUZ ARANIBAR, por haberse demostrado en su conducta contravención a la           Ley 348 en su art. 7.11, sancionándola con suspensión de 30 días sin goce de haberes (fs. 207 a 211). Habiéndose interpuesto recurso de revocatoria contra la precitada Resolución, Oscar Mollo Saavedra, Autoridad Sumariante de la CPS, emitió la Resolución de Recurso de Revocatoria 015/2021 de             16 de junio, resolviendo RATIFICAR la Resolución de Proceso Administrativo Interno 12/2021 de 19 de mayo (fs. 91 a 94).

II.5.  Por memorial presentado el 22 de junio de 2021, la ahora impetrante de tutela interpuso ante la Autoridad Sumariante de la CPS recurso jerárquico contra la Resolución de Recurso de Revocatoria 015/2021 que determinó RATIFICAR la Resolución de Proceso Administrativa Interno 12/2021, pidiendo la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo y a cuya consecuencia se le notifique de manera legal con el Auto de Inicio de Proceso Administrativo 39/2018 y se determine la inexistencia de responsabilidad administrativa y el archivo de obrados (fs. 105 a 108).

II.6.  Por Resolución de Recurso Jerárquico 014 de 24 de septiembre de 2021, David Silvestre Martínez Flores, Director General Ejecutivo de la CPS -ahora demandado-, resolvió confirmar en todas sus partes la Resolución de Recurso de Revocatoria 015/2021 (fs. 144 a 167).