SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0354/2024-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0354/2024-S4

Fecha: 23-Jul-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente conclusiones:

II.1.  Consta Carnet de Discapacidad a nombre del menor NN, quien cuenta con discapacidad física, deficiencia física y motora, con un porcentaje 34%, emitido el 21 de agosto de 2013, con una vigencia al 21 de agosto de 2017 (fs. 13).

II.2.  Cursa Certificado Médico de 11 de abril de 2019, a través del cual, Mario Rafael Prudencio Beltrán, Médico del Hospital Jaime Mendoza, certificó que el menor NN, fue diagnosticado con epilepsia secundaria, autismo y facomatosis (fs. 196).

II.3.  Por Memorándum Cite U. RRHH 626/2019 de 9 de octubre, la Dirección Técnica Departamental y la Unidad de RR.HH. del SEDES Chuquisaca, comunicaron a la ahora accionante Adalia Días Iglesias, que fue la ganadora de la Convocatoria al Concurso y Examen de Méritos de Competencia Abierta Institucional Departamental, por cuyo efecto, se le designó en el cargo de Odontóloga de la Red I Sucre, en el Hospital Santa Bárbara de Sucre, dependiente del SEDES Chuquisaca, con Ítem 71780 TGN, tiempo completo (fs. 11).

II.4.  Mediante Memorándum Cite URRHH 99/2023 de 3 de marzo, el Director Técnico del SEDES Chuquisaca, a través del Jefe de la Unidad de RR.HH. de dicha institución, comunicó a la hoy impetrante de tutela, la rotación al cargo de Odontólogo en el Hospital del Niño “Sor Teresa Huarte Tama”, dependiente de la entidad mencionada, con el mismo Ítem (fs. 8).

II.5.  Contra dicha determinación, la peticionaria de tutela mediante memorial de 8 de marzo de 2023, plateó recurso de revocatoria, siendo resuelto por RA Recursos de Revocatoria U.A.J./A.G.J. 02/2023 de 24 de abril, suscrita por el Jefe de la Unidad de RR.HH. de SEDES Chuquisaca, resolviendo confirmar el Memorándum Cite URRHH 99/2023 de 3 de marzo (fs. 5 a 6 vta. y 75 a 83).

II.6.  Decisión contra la cual, la solicitante por escrito de 10 de mayo de 2023, formuló recurso jerárquico, mismo que fue resuelto mediante RA Recurso Jerárquico 07/2023 SEDES-Chuquisaca de 8 de septiembre, emitida por el Director Técnico del SEDES Chuquisaca, resolviendo confirmar la RA Recursos de Revocatoria U.A.J./A.G.J.02/2023 de 24 de abril, y en consecuencia el Memorándum Cite URRHH 99/2023 de 3 de marzo (fs. 110 a 116 y 136 a 145).