SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0438/2024-S2
Fecha: 31-Jul-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Sentencia 54 de 14 de marzo de 2018, Mercy Marcela Bejarano Frías, Jueza Pública Civil y Comercial Octava de la Capital del departamento de Santa Cruz -demandada-, declaró con lugar la demanda ejecutiva interpuesta por Ubaldo Pérez Ferreira -tercero interesado-, ordenando entre otros aspectos, el embargo de bienes reconocidos de propiedad de Helen Judith Arteaga Vaca -tercera interesada- (fs. 5 a 6).
II.2. Mediante memoriales presentados el 12 de abril de 2021, ante la Jueza demandada, Hugo Saavedra Vasskov -accionante- formuló tercería de dominio excluyente e incidente de nulidad de obrados, mismos que fueron rechazados por Auto Interlocutorio 244 de 28 de marzo de 2022 (fs. 29 a 31, 34 a 36 vta. y 60 a 64 vta.).
II.3. A través de escrito presentado el 20 de abril de 2022, el impetrante de tutela interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación contra el supra citado Auto Interlocutorio (fs. 67 a 68 vta.).
II.4. Cursa avaluó pericial de 24 de junio de 2022, emitido por Miguel Ángel Justiniano Salguero, realizado sobre el bien inmueble registrado en la oficina de DD.RR. bajo el folio real con Matrícula 7.01.1.99.0033341 a nombre del peticionante de tutela, el cual fue objeto de impugnación por el nombrado a través de memorial presentado el 29 de igual mes y año (fs. 38 a 39 vta., 76 a 85; y, 87 y vta.).
II.5. Mediante Auto Interlocutorio 645 de 22 de julio de 2022, la autoridad demandada aprobó el indicado avaluó pericial; asimismo, con relación al memorial de impugnación de peritaje fs. “246 y vuelta”, rechazó el mismo; toda vez que, “…HUGO SAAVEDRA VASSKOV, no forma parte del proceso…” (sic [fs. 92]).
II.6. Cursa Auto Interlocutorio 724 de 26 de agosto de 2022, por el cual la Jueza demandada fijó audiencia de remate para el 26 de septiembre de ese año, únicamente en la parte que le corresponde a la tercera interesada (fs. 96).