SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2024-S2
Fecha: 05-Jul-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. A través del memorial presentado el 14 de enero de 2020, María Magdalena Contreras Flores -ahora tercera interesada- interpuso incidente de aumento de asistencia familiar contra Raúl Chambi Ajhuacho -ahora accionante- (fs. 7 a 8 vta.), mismo que fue resuelto por Auto Definitivo 18/2022 de 22 de febrero, por el que la Jueza Pública de Familia Séptima de la Capital del departamento de Oruro, declaró con lugar la petición de aumento de asistencia familiar, no ha lugar e improbado el monto solicitado y no ha lugar la pretensión del demandado, determinando la nueva asistencia familiar en la suma de Bs600.- a ser cancelada mensualmente mediante cuenta financiera o depósito judicial (fs. 14 a 16 vta.).
II.2. Frente al Auto emitido, la hoy tercera interesada interpuso recurso de apelación por memorial presentado el 3 de marzo de 2022 (fs. 17 a 19 vta.), formulación que luego de la contestación por parte del hoy accionante (fs. 20 y vta.) dio lugar al Auto de Vista 103/2022 de 28 de marzo, a través del cual Primo Martínez Fuentes y Ricardo Edgar Flores Carvajal, Vocales de la Sala Civil y Comercial de Familia, de la Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro -ahora accionados- revocaron en parte el Auto apelado, únicamente en relación a monto, fijando como nueva asistencia familiar la suma de Bs1 500.- (fs. 21 a 26 vta.).