SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2024-S2
Fecha: 19-Jul-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante RA 18/2022 de 25 de abril, pronunciada dentro del proceso sumario administrativo instaurado contra Delio Arauz Bate -ahora accionante- el Juez Sumariante del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta del departamento de Beni, dispuso la destitución del prenombrado, del cargo de Jardinero de Parques y Jardines 14, “…en aplicación a lo determinado por el Art. 29 de la Ley de Administración y Control Gubernamentales-SAFCO, concordante con los Arts. 15 y 21 inc. f) del D.S. No. 23318-A, y Arts. 38, 39 y 57 núm. 4 del Reglamento Interno de Personal del G.A.M.R….” (sic [fs. 24 a 25]).
II.2. Cursa Memorándum SMPDT/013/2022 de 17 de mayo, de agradecimiento de servicios al peticionante de tutela, emitido en atención a la RA 18/2022, por Luis Antonio Freitas Tovias, Secretario Municipal de Planificación y Desarrollo Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta -ahora codemandado- (fs. 30).
II.3. A través de la Conminatoria 007/2022 de 27 de junio, Víctor Hugo Vargas Mancilla, Jefe Regional de Trabajo Riberalta, instruyo a Ciriaco Rodríguez Vásquez, Alcalde de indicado Gobierno Autónomo Municipal -ahora demandado- la inmediata reincorporación del impetrante de tutela al cargo que ocupaba, más el pago de salarios devengados y demás derechos que le correspondan hasta la fecha de su restitución (fs. 8 a 14).
II.4. Mediante Informe MTEPS/JRTR/WMC/ 033/2022 de 20 de julio, Wilver Miranda Cartagena, Inspector de la Jefatura Regional de Trabajo Riberalta, señaló que habiendo efectuado una verificación en las instalaciones del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta, evidenció que el solicitante de tutela no fue reincorporado a su fuente laboral (fs. 16 y vta.).
II.5. Se tiene la Resolución de Revocatorio 004/2022 de 3 de agosto, suscrita por el indicado Jefe Regional de Trabajo, que confirmó en su totalidad la Conminatoria 007/2022 (fs. 5 a 7 vta.).
II.6. Cursa memorial de 25 de julio de 2022, dirigido al Juez del Trabajo y Seguridad Social de turno de Riberalta del departamento de Beni, a través del cual, el Alcalde demandado formuló demanda de impugnación en la vía judicial de la Conminatoria 007/2022 (fs. 117 a 119 vta.).
II.7. Por escrito presentado el 18 de agosto de 2022, ante la Jefatura Regional de Trabajo Riberalta, la autoridad edil demandada interpuso recurso jerárquico contra la Resolución de Revocatorio 004/2022 (fs. 114 a 115 vta.).