SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0397/2024-S3
Fecha: 02-Jul-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 36/2024 de 7 de junio, cursante de fs. 9 a 11, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital de departamento de La Paz; y, en consecuencia:
1º DENEGAR la tutela solicitada, con referencia a la Secretaria de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en suplencia legal de su similar Cuarta, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional.
2º Exhortar a los Vocales de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, para que actúen con la debida diligencia y cumpla sus funciones en el marco legal y constitucional, cuando se trate de casos que impliquen niños, niñas y adolescentes.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III. Todas las niñas, niños y adolescentes, sin distinción de su origen, tienen iguales derechos y deberes respecto a sus progenitores. La discriminación entre hijos por parte de los progenitores será sancionada por la ley”.
- POR TANTO