SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2024-S1
Fecha: 23-Jul-2024
II. CONCLUSIONES
Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establecen las siguientes conclusiones:
II.1. Cursa Resolución de Imputación Formal de 31 de agosto de 2023, emitida por el Ministerio Público, por el que se imputa formalmente a Mónica Beatriz Mayta Villca por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, previsto y sancionado por el art. 272 bis numeral 3 del Código Penal (CP [fs. 37 a 41]).
II.2. Con el fin de proteger los derechos, garantías y el interés superior de las niñas, niños y adolescentes, el Ministerio Público, conforme el art. 389 bis de la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres -Ley 1173 de 3 de mayo de 2019-, dispuso Medidas de Protección a favor de la víctima, consistentes en:
“1.- Ordenar la salida o desocupación del domicilio donde habita la victima independientemente de la titularidad del bien inmueble y ordenar que el agresor se someta a una terapia psicológica en un servicio de rehabilitación
4.- Prohibición de acercarse, concurrir o ingresar al domicilio, lugar de estudios o cualquier espacio donde frecuente la victima menor de edad.
5.- Prohibición de intimidar por cualquier medio o a través de terceras personas a la víctima menor de edad.
14.- Prohibición de concurrir o frecuentar lugares de custodia, albergue, estudio o esparcimiento a los que concurra la víctima” (sic [fs. 42]).
II.3. Por Sentencia 57/2023 de 17 de noviembre, el Juez Público de la Niñez y Adolescencia Cuarto de la Capital del departamento de La Paz, dentro del proceso de infracción por violencia, seguido por Ovidio Basilio Torrez Huaynoca -ahora accionante- contra Mónica Beatriz Mayta Villca, resolvió lo siguiente:
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- “POR TANTO: (…) FALLA declarando IMPROBADA la demanda de fs. 95 a 98 de obrados interpuesta por Ovidio Basilio Tórrez Huaynoca, en contra de Mónica Beatriz Mayta Villca. En consecuencia, en aplicación de lo dispuesto por el Art. 169 par. I inc. a) n