SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2024-S3
Fecha: 16-Jul-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados se establece lo siguiente:
II.1. Mediante memorial presentado el 30 de junio de 2021, ante el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Ascención de Guarayos del departamento de Santa Cruz, el Fiscal de Materia imputó formalmente de manera provisional a Mirtha Gutiérrez de Suarez -ahora tercera interesada- por el delito de estelionato, caso FELC-C104/2018 (fs. 2 a 4).
II.2. A través del Auto Interlocutorio 04/2022 de 18 de enero, emitido por Roberto Cruz Hurtado Roca, Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Ascención de Guarayos del departamento de Santa Cruz, declaró infundada la excepción de extinción de la acción penal por reparación del daño particular y conciliación, formulado por la ahora tercera interesada (fs. 46 a 48).
II.3. Cursa Acta de Audiencia de Apelación Incidental de 14 de junio de 2022, (fs. 29 a 32 vta.), en el cual se emitió el Auto de Vista 123 de 14 de junio de 2022, por Ever Alvarez Orellana y Gladys Alba Franco, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -ahora accionados-; mediante la cual declararon admisible y procedente el recurso de apelación incidental formulado por la ahora tercera interesada; en consecuencia, revocaron la Auto Interlocutorio 04/2022, y resolviendo en el fondo declaran fundada la excepción de extinción de la acción penal por reparación del daño particular y conciliación interpuesta por la recurrente, y en consecuencia, dispusieron el archivo de obrados (fs. 32 vta. a 35 vta.).