SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2024-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2024-S2

Fecha: 21-Ago-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante RA 049/2022 de 9 de junio, Juan Carlos Limpias Esprella, Director General de Régimen Penitenciario a.i. del Ministerio de Gobierno  -ahora demandado- dispuso el traslado administrativo excepcional por tiempo indefinido de Andrea Virginia Tapia -hoy accionante-, “…del CENTRO DE ORIENTACIÓN FEMENINA DE OBRAJES del departamento de La Paz al CENTRO DE READAPTACIÓN PRODUCTIVO SANTO DOMINGO DE CANTUMARCA, del departamento de Potosí” (sic [fs. 16 a 20]).

II.2.  Por Nota MG-DGRP/ALC 1578/2022 de “junio”, presentada el 10 del mismo mes y año, ante el Juez de Sentencia Penal Noveno de la Capital del departamento de La Paz, el Director demandado remitió informe y resolución, solicitando a la indicada autoridad judicial ratifique la        RA 049/2022 (fs. 15).

II.3.  Por certificado médico de 14 de junio de 2022, presentado el 30 de igual mes y año, al Centro Penitenciario Cantumarca Santo Domingo de Potosí, Manuel Vargas Orgaz, Médico de la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario de Potosí del Ministerio de Gobierno, certificó que la peticionante de tutela presentaba un cuadro regular de su estado físico general y se encontraba consiente y orientada en tiempo y espacio (fs. 47).

II.4.  Cursa memorial dirigido al Juez de Sentencia Penal Noveno de la Capital del departamento de La Paz -no contiene ni es visible datos de la fecha-; a través del cual, a tiempo de solicitar la remisión de fotocopias legalizadas de todos los antecedentes presentados por el “REGIMEN PENITENCIARIO” al Juzgado de Ejecución Penal Primero del departamento de La Paz, hizo notar a dicha autoridad que era de su conocimiento su ilegal traslado al Centro Penitenciario Cantumarca Santo Domingo de Potosí (fs. 48).