SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0520/2024-S4
Fecha: 28-Ago-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Conforme cursa Certificado de Nacimiento, AA nació el 17 de agosto de 2023, siendo sus padres Tina Zacharias Friesen –hoy accionante–, y David Rempel Harder –ahora demandado– (fs. 4).
II.2. A través de una fotocopia de una captura de pantalla, con fecha manuscrita de 4 de julio de 2024; de la cual, se advierte una conversación por medio de WhatApp, entre la solicitante de tutela, y supuestamente el demandado, en su idioma que, traducido de forma manuscrita al español, a las 04:29, la accionante refirió que: “SI MI AMIGO TE PAGARA 10.000 BS, ¿ENTONCES NOS DEJARÍAS A MÍ AMI HIJA EN PAZ? (sic); en respuesta el demandado, manifestó que: “MI HIJA NO NO ESTÁ EN VENTA” (sic); y, ante ello, la impetrante de tutela contestó: “RECOGERÉ A LORNA EL DOMINGO” (sic [fs. 40]).
II.3. Según Documento del SIREJ; se advierte que, la accionante, el 9 de julio de 2024, interpuso demanda de divorcio contra el demandado (fs. 42).
II.4. Mediante decreto de 12 de julio de 2024, la Jueza Pública de Familia Décima Quinta del departamento de Santa Cruz, admitió la precitada demanda de divorcio, y respondiendo al Otrosí 5º de la misma; dispuso que, por intermedio de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de San José de Chiquitos del citado departamento, se verifique el estado actual de la menor de edad, y a cargo de quien se encuentra actualmente, para tal fin ordenó se oficie (fs. 43).
II.5. Por Citación 000982 de 17 de julio de 2024, el Responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Cuatro Cañadas del referido departamento, con el objeto de responder a la denuncia interpuesta por la impetrante de tutela, citó al demandado para el 22 de julio de 2024 a las 14:00, para brindar información y conciliación sobre la menor (fs. 39).