SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2024-S3
Fecha: 15-Ago-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por memorial de 20 de junio de 2022, dirigido al Juez de Intrucción Penal de turno del departamento de Oruro; William Paredes Chire, Fiscal de Materia -ahora accionado- comunicó el inicio de invetigacion e imputacion formal contra Fidel Torrez Colque -hoy accionante-, y solicitó se disponga la aplicación de medidas cautelares personales y procedimiento inmediato por flagrancia dentro del Caso: 232/2022 con CUD 401502012201331, por la presunta comisión del delito de conducción peligrosa de vehículos (fs. 11 a 15).
II.2. Consta Auto Interlocutorio 434/2022 de 21 de junio, emitido por Mónica Guzmán Morales, Jueza de Instrucción Penal Séptima de la Capital del departamento de Oruro, por la cual se dispuso tramitar la causa seguida contra el accionante, mediante procedimiento inmediato, otorgando al Fiscal de Materia hoy accionado el plazo de treinta días con motivo de la conclusión de los actos de investigación, y vencido el plazo deberá presentar el requerimiento conclusivo sin necesidad de conminatoria; disponiendo igualmente la aplicación de medidas cautelares de carácter personal contra el accionante, y -entre otros- que por Secretaría se libre el mandamiento de libertad provisional en favor del imputado -accionante- (fs. 16 a 17 vta.).