SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0441/2024-S2
Fecha: 01-Ago-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, contra Jubani Víctor Villca Llavera -ahora accionante-, por la presunta comisión del delito de abuso sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del CP, en audiencia de cesación de la detención preventiva, el Juez de Sentencia Penal Segundo de la Capital del citado departamento -hoy codemandado-, emitió el Auto Interlocutorio de 6 de abril de 2022, rechazando la solicitud impetrada, disponiendo se mantenga la medida extrema hasta que su situación jurídica “no varíe” (fs. 508 a 515).
II.2. En mérito al recurso de apelación incidental interpuesto por el peticionante de tutela contra la Resolución supra (fs. 518), Mirtha Mabel Montaño Torrico, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -ahora demandada-, en audiencia pública pronunció el Auto de Vista de 14 de abril de 2022, declarando improcedente la impugnación presentada, quedando incólume el Auto Interlocutorio recurrido (fs. 526 a 530).