SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0496/2024-S4
Fecha: 26-Ago-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. María Eugenia Guzmán Villarpando, mediante memorial de 1 de diciembre de 2021, interpuso acción reivindicatoria, negatoria, entrega de bien inmueble contra Héctor Diego Ortiz Arauz –ahora accionante– y su esposa; demanda que fue admitida a través del Auto Interlocutorio 147 de 14 de febrero de 2022 (fs. 32 a 34; y, 60).
II.2. Héctor Diego Ortiz Arauz, por memorial presentado el 1 de abril de 2022, contestó la demanda instaurada en su contra e interpuso demanda reconvencional de acción negatoria contra María Eugenia Guzmán Villarpando (fs. 91 a 95 vta.).
II.3. Dentro del proceso ordinario de mejor derecho propietario, acción reivindicatoria, negatoria, entrega de inmueble, daños y perjuicios, con reconvención por acción negatoria, se emitió Sentencia 7 de 30 de mayo de 2023, a través de la cual el Juzgado Público, Civil y Comercial Décimo Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró probada la demanda interpuesta por María Eugenia Guzmán Villarpando e improbada la pretensión del ahora accionante, disponiendo el mejor derecho propietario de la prenombrada, ordenando al ahora accionante entregar completamente desocupado el inmueble (fs. 355 a 362).
II.4. Mediante memorial presentado el 20 de junio de 2023, el ahora impetrante de tutela Héctor Diego Ortiz Arauz, interpuso recurso de apelación contra la Sentencia 7; mismo que fue resuelto por la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, quienes mediante Auto de Vista 337-2023 de 26 de septiembre, confirmaron en todas sus partes la Sentencia recurrida (fs. 368 a 373; y, 403 a 405 vta.).
II.5. El ahora accionante Héctor Diego Ortiz Arauz por memorial presentado el 25 de octubre de 2023, interpuso recurso de casación en el fondo contra el Auto de Vista 337-2023, dictándose en resolución el Auto Supremo 1271/2023 de 7 de diciembre, a través del cual, la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, declaró infundado el recurso de casación interpuesto por Héctor Diego Ortiz Arauz –ahora accionante- contra el Auto de Vista 337-2023 (fs. 408 a 412 y 435 a 440 vta.).