SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2024
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2024

Fecha: 07-Ago-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante Acta de Posesión de 20 de diciembre de 2021, se evidencia que: Ramón Kantuta Copaña, Cristina Apaza de Kantuta, Maria Nina Kantuta, Eusebio Mayta Hilari, Gregorio Quispe Maydana, Rosa Callisaya Chipana, Félix Apaza Kantuta y Eugenia Quispe de Apaza, fueron posesionados como Autoridades IOC de la Comunidad Humamarca por la Gestión 2022 (fs. 117 y vta.).  

II.2.  Se tiene Formulario Único de Denuncia de 27 de octubre de 2022, mediante el cual se evidencia que, Delia Nina Apaza denunció ante la Fiscalía de El Alto del departamento de La Paz, a Senovio Callisaya, y Eugenio Flores Calle, Félix Apaza Cantuta, Eugenia Quispe Huayta, Ramón Cantuta Copaña, Encistina Apaza Quispe, María Apaza Cantuta, Adela Cutile, Víctor Nina y Julio Nina, por el presunto delito de lesiones graves y leves, teniéndose como antecedentes que, la denunciante fue agredida físicamente por los denunciados, el día anterior de la denuncia a las 16:00 aproximadamente, en la Comunidad Jacha Jahuira Pampa, alegando además que también agredieron a su madre que es de la tercera edad; se tiene el dato que, el domicilio de la denunciante y víctima –Delia Nina Apaza– fue consignado como “C. ANÍBAL AGUILAR PEÑARRIETA NO 880, ZONA VINO TINTO” (sic[fs. 1]); por memorial presentado el 20 de noviembre de 2022, Delia Nina Apaza, solicitó al Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de Guaqui, control jurisdiccional respecto a su denuncia, reiterando tener como domicilio la calle Aníbal Aguilar Peñarrieta 880 de la zona Vino Tinto de la ciudad de La Paz (fs. 4).

II.3.  Cursa Certificados Médicos: 1) De Delia Nina Apaza (cincuenta y dos años), emitido el 27 de octubre de 2022 por Lisset Helen Camacho Silva, Médico Forense del Instituto de Investigaciones Forenses de El Alto, por el cual se concluye que la paciente presenta contusiones simples, determinado ante ello una incapacidad de cinco días (fs. 88 a 89); 2) De Gertrudis Apaza Cruz (ochenta y dos años), emitido el 27 de octubre de 2022 por Lisset Helen Camacho Silva, Médico Forense del Instituto de Investigaciones Forenses de El Alto, por el cual se concluye que la paciente presenta contusiones simples, determinado ante ello una incapacidad de cinco días (fs. 91 a 92); 3) De Delia Nina Apaza (cincuenta y dos años), emitido el 27 de octubre de 2022 por Nilton Ángel Quispe Pari, Médico Cirujano de la Red de Salud SEDES – La Paz, por el cual se concluye que la paciente presenta contusiones y hematomas en diferentes partes de su cuerpo (fs. 99); y, 4) De Gertrudis Apaza Cruz (ochenta y dos años), emitido el 27 de octubre de 2022 por Abigail Miriam Quispe Villca, Médico General de la Red de Salud SEDES – La Paz, por el cual se concluye que la paciente presenta contusiones y hematomas en diferentes partes de su cuerpo (fs. 97 a 98).

II.4.  Por Acta de posesión de 17 de diciembre de 2022, por el cual, se tomó posesión, entre otros a Esteban Nina Apaza, como Jiliri Mallku de la Comunidad Jacha Jahuira Pampa (fs. 10); Fotocopia de Credencial emitido por el Suyu Ingavi de Markas, Ayllus y Comunidades Originarias (SIMACO), por la cual se advierte que Esteban Nina Apaza tendría el cargo de Juliri Mallku de la Comunidad Jacha Jahuira Pampa, desde el 17 de diciembre de 2022 (fs. 13)

II.5.  Mediante memorial presentado el 24 de enero de 2023, Santos Benito Chui Torres, Fiscal de Materia de Guaqui, remitió al Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de la misma localidad, Resolución 06/2023 de 19 de enero, de rechazó de la denuncia efectuada por Delia Nina Apaza, a nombre propio y en nombre de su madre Gertrudis Apaza Cruz Vda. de Nina, por el presunto delito de lesiones graves y leves, que fue presentada el 27 de octubre de 2022, contra Félix Apaza Kantuta, Eugenia Quispe Huayta, Ramón Kantuta Copaña, Engristina Apaza Quispe, María Apaza Kantuta, Víctor Nina, Adela Cutili, Senobio Ticona Callizaya y Eugenio Flores Calle; tendiéndose como dato, que los denunciados no registran domicilio; respecto a la denunciante se consigna su domicilio, en el Calle Aníbal Aguilar, de la zona Vino Tino de la ciudad de La Paz, y respecto la víctima se consigna su domicilio en la calle Rene Pinedo de la Zona de Munaypata de la ciudad de La Paz (fs. 43 a 46); Memorial presentado por Delia Nina Apaza el 1 de febrero de 2023, ésta objetó la Resolución 06/2023 de 19 de enero, de rechazo de su denuncia, alegando entre otros aspectos que, debe considerarse que la víctima es una mujer mayor de edad, por lo cual se debe aplicar un enfoque diferencial y favorable (fs. 160 a 164 vta.); y, Mediante Resolución FDLP/WEAL/R 567/2023 de 10 de marzo, William Eduard Alave Laura, Fiscal Departamental de La Paz, revocó la Resolución de rechazo 06/2023 de 19 de enero, emitido por el Fiscal de Materia de Guaqui (fs. 48 a 50).

II.6.  Cursa Acta de declaración de Delia Nina Apaza de 24 de abril de 2023, en la cual se advierte que la denunciante tendría su lugar de trabajo en la zona Vino Tinto de la ciudad de La Paz, tendiendo como actividad principal la artesanía, pero aduce que pasteando sus ovejas en la Comunidad Jacha Jahuira Pampa, fue agredida por los denunciados, incluso la siguieron hasta el centro de Salud donde acudió junto a su madre para hacerse revisar, por los golpes que recibieron ambas (fs. 223); Cursa Acta de declaración de Gertrudis Apaza Cruz de 24 de abril de 2023, en la cual se advierte que la denunciante; aduce que cerca del rio de la comunidad Jacha Jahuira Pampa donde se encontraba junto a su hija, llegó un tractor del cual bajaron varias personas a agredirles físicamente (fs. 225)

II.7. Fotocopias de Cedula de Identidad de Delia Nina Apaza, donde figura su domicilio en la Calle Aníbal Aguilar Peñarrieta Zona Vino Tinto de la ciudad de La Paz (fs. 224); y, Cedula de Identidad de Gertrudis Apaza Cruz, donde figura su domicilio en la Calle Rene Pinedo Zona Munaypata de la ciudad de La Paz (fs. 226).

II.8.  Por Acta de declaración de Esteban Nina Apaza de 9 de mayo de 2023, éste declaró dentro del caso por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves, en calidad de testigo, que “Sí, conocía a la Sra. Gertrudis Apaza, hace mucho tiempo, cuando tenía 30 años. Aprox. Después no sé nada de ella. Y la Sra. Delia no conozco” (sic [fs. 255]).