SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2024-S2
Fecha: 08-Ago-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Resolución Administrativa de Reincorporación MTEPS-JDTP 031/22 de 22 de septiembre de 2022, Luis Alejandro Garvizú Echave, Jefe Departamental de Trabajo Pando, conminó a Franz Navia Miranda, Rector de la UAP -hoy demandado-, a efectuar la reincorporación inmediata por estabilidad laboral de Dean Kenji Vaca Roca -accionante- al mismo puesto que ocupaba, debiendo ser su salario similar al que percibía antes de su despido, más el pago de sueldos devengados y demás derechos laborales que le corresponda; otorgando el plazo de tres días a partir de su notificación para dicho cometido (fs. 11 a 13 vta.)
II.2. A través de memorial presentado el 4 de octubre de 2022, ante la Jefatura Departamental de Trabajo Pando, el demandado planteó recurso de revocatoria contra la citada Resolución Administrativa (fs. 49 a 51).
II.3. Por Certificado 49/2022 de 6 de octubre, la Dirección Administrativa y Financiera y la Unidad de Recursos Humanos (RR.HH.) de la UAP, establecieron que el impetrante de tutela prestó servicios en dicha casa superior de estudios, en los siguientes puestos: 1) Responsable de Promoción y Seguimiento a Proyectos de Investigación de la UAP -consultoría de línea-, del 11 de marzo al 10 de octubre de 2019; 2) Responsable de Promoción y Seguimiento a Proyectos de Investigación de dicha Universidad -consultoría de línea-, del 14 de octubre al 15 de diciembre del citado año; 3) Técnico III Promoción y Seguimiento – DCyT -contrato a plazo fijo-, del 13 de enero al 31 de noviembre de 2020; 4) Director de la Carrera de Biología – ACBN – UAP “Resolución 006/2021”, del 8 de enero al 31 de diciembre de 2021; y, 5) Técnico A – Encargado de Investigación de la Carrera de la FCBN – UAP -contrato a plazo fijo-, del 14 de marzo al 8 de julio de 2022 (fs. 36).
II.4. A través de nota presentada el 14 de octubre de 2022, ante la autoridad demandada, el peticionante de tutela solicitó dar cumplimiento a la Resolución Administrativa de Reincorporación MTEPS-JDTP 031/22 (fs. 4).