SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0511/2024-S4
Fecha: 26-Ago-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Formulario Único de Denuncia de 30 de noviembre de 2021; mediante el cual, Armando Calahuma Varquera –ahora accionante–, interpuso denuncia contra Celier Rivero Nuñez, por el presunto delito establecido en los arts. 312 y 318 del CP, y solicitando se inicie las investigaciones correspondiente (fs. 41).
II.2. Mediante memorial presentado el 30 de mayo de 2022, ante el Juez Público, Mixto, Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Mizque del departamento de Cochabamba; el Fiscal de Materia, presentó la Resolución de Rechazo de Denuncia de 24 de igual mes y año, dentro del proceso penal en contra de Celier Rivero Nuñez –hoy tercero interesado–, por parte del impetrante de tutela (fs. 12 a 14).
II.3. Por escrito presentado el 14 de junio de 2022, ante el Ministerio Público; el solicitante de tutela, presentó objeción contra la Resolución de Rechazo de Denuncia, y requirió que se revoque la misma (fs. 15 a 23).
II.4. A través de la Resolución Jerárquica FDC/NGGR OR 874/2022 de 29 de agosto; la Fiscal Departamental de Cochabamba –ahora demandada–, ratificó la Resolución de Rechazo de Denuncia, y dispuso en consecuencia, el archivo de obrados (fs. 25 a 28).