SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2024-S3
Fecha: 29-Ago-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta memorial presentado a través de buzón judicial el 20 de junio de 2022, ante el Juez de Ejecución Penal de Trinidad del departamento de Beni, por el cual Erick Balcazar Achaval -hoy accionante-, solicitó control jurisdiccional y la cesación de su detención preventiva (fs. 6 a 8).
II.2. Cursa decreto de 6 de julio de 2022, emitido por Javier Ribert Antelo, Juez de Instrucción Penal Primero de Riberalta del departamento de Beni; mediante el cual se rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva del accionante (fs. 32 vta.).
II.3. Mediante memorial presentado el 14 de julio de 2022, ante el Juez de Instrucción Penal Primero de Riberalta del departamento de Beni; el accionante denunció el extravío de antecedentes y pidió que se ponga a la “vista” el cuaderno procesal (fs. 3 a 5).