SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0606/2024-S2
Fecha: 18-Sep-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la
Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 112/2022 de 6 de diciembre, cursante de fs. 106 a 111 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del Beni; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, respecto a los derechos a la vida, a la salud, a la seguridad social, al trabajo y a la inamovilidad laboral; disponiendo que las autoridades demandadas -considerando el tiempo transcurrido, al no ser materialmente posible ordenar la reincorporación del impetrante de tutela a su fuente laboral-, paguen los sueldos devengados como Director Departamental de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría Departamental de Administración y Finanzas del Gobierno Autónomo Departamental de Beni, a favor del peticionante de tutela desde el momento de su desvinculación laboral -25 de julio de 2022- hasta que su hija o hijo haya cumplido el año de edad, previa verificación si durante este periodo el mismo no hubiera ejercido otras actividades laborales en el ámbito privado o público, a tal efecto la citada Sala Constitucional, deberá oficiar a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo y a la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social a Corto Plazo, para que informen sobre dicho extremo;
2° Ordenar el pago de las asignaciones familiares que correspondan a favor del accionante, y sea de acuerdo a ley, siempre que estos no hubieran sido cancelados conforme a lo dispuesto por la referida Sala Constitucional; y,
3° DENEGAR la tutela respecto al derecho a la estabilidad laboral.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA